Resolución Ministerial N.° 299-2020-PRODUCE

6 de setiembre de 2020

Establecer la veda reproductiva del recurso Merluza en el área marítima comprendida entre los 04°00’S y 05°00’S del dominio marítimo peruano. En consecuencia, se prohíbe la extracción del citado recurso, para todo tipo de flota, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, por un período de treinta y cinco (35) días calendario.

Vista preliminar de documento R. M. N° 299-2020-PRODUCE

R. M. N° 299-2020-PRODUCE

PDF
669.8 KB