Resolución Directoral N.° 302-2020-PRODUCE/DGAAMI

19 de agosto de 2020

Establecer que la cantidad remanente de HCFC, asciende a 1.77 Tn PAO, equivalente a 32 135.97 kilogramos de HCFC, la que será distribuida equitativamente entre los importadores que lo soliciten a través de una comunicación ingresada por la Oficina General de Atención al Ciudadano del Ministerio de la Producción o través de la Plataforma PRODUCE VIRTUAL, hasta el 25 de agosto de 2020

Esta norma pertenece al compendio Control de sustancias que agotan la capa de ozono

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