PRODUCE dispone registro obligatorio de vehículos para el transporte del recurso hidrobiológico erizo y de registro de zarpe
Pronunciamiento
31 de octubre de 2025
COMUNICADO N° 037-2025-PRODUCE/DGSFS-PA
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS-PA) del Ministerio de la Producción, en cumplimiento de lo dispuesto en el literal f) del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 000344-2025-PRODUCE, informa a los transportistas que el traslado del recurso erizo desde el punto de desembarque autorizado hasta la planta de procesamiento o centro de comercialización deberá realizarse únicamente en vehículos isotérmicos registrados ante la DGSFS-PA.
Para tal fin, se ha habilitado el siguiente enlace para el registro de los vehículos que transporten dicho recurso: https://producedsfpa.com/Account/Index
Asimismo, se recuerda a los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que según el literal d) del artículo 4° de la Resolución Ministerial en mención, es obligatorio registro de la información de zarpe (hora, lugar y fecha) en el enlace: https://producedsfpa.com/FormularioZarpeErizo/Index , antes de iniciar cada faena de pesca del recurso erizo, debiendo acompañar dicho registro con el documento de zarpe o similar emitido por la Capitanía de Puerto.
Finalmente, se comunica que los únicos puntos autorizados para el desembarque del recurso palo son:
· El Desembarcadero Pesquero Artesanal (DPA) Lomas, distrito de Lomas, región Arequipa.
· El Desembarcadero Pesquero Artesanal (DPA) Diomedes Vente López, ubicado en Marcona, región Ica.
El Ministerio de la Producción reafirma su compromiso con la ordenación pesquera y la trazabilidad, pilares esenciales para la sostenibilidad de nuestros recursos.
