Información obligatoria de zarpe para actividades extractivas del recurso erizo
Pronunciamiento
28 de octubre de 2025
COMUNICADO N° 034-2025-PRODUCE/DGSFS-PA
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS-PA) del Ministerio de la Producción, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del artículo 4° de la Resolución Ministerial N° 000344-2025-PRODUCE, comunica a los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que, antes de iniciar faenas de pesca del recurso erizo, deberán cumplir con lo siguiente:
- Información sobre el zarpe: comunicar al Ministerio de la Producción la hora, lugar y fecha de zarpe, adjuntando como evidencia el documento de zarpe o documento similar proporcionado por la Capitanía de Puerto correspondiente.
El cumplimiento de esta disposición constituye un requisito obligatorio previo al inicio de las actividades extractivas. Para registrar la información solicitada, los armadores deberán acceder al siguiente enlace:
Se recuerda que la presentación de esta información es de carácter obligatorio para la realización de las actividades extractivas del mencionado recurso.
Finalmente, para resolver consultas o incidencias relacionadas con el registro de las embarcaciones pesqueras, se encuentran habilitados los siguientes números de WhatsApp: 924-706-272 y 977-950-814.
