Información obligatoria de zarpe y provisión de hielo para actividades extractivas del recurso calamar gigante o pota

Pronunciamiento

30 de setiembre de 2025

COMUNICADO N° 024-2025-PRODUCE/DGSFS-PA

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS-PA) del Ministerio de la Producción, en el marco de lo señalado en el literal d) del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 000123-2025-PRODUCE, comunica a los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que no cuentan con el Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) operativo que, antes de iniciar faenas de pesca del recurso calamar gigante o pota, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

  • Información sobre el zarpe: comunicar al Ministerio de la Producción la hora, lugar y fecha de zarpe, adjuntando como sustento el documento de zarpe o documento equivalente emitido por la Capitanía de Puerto correspondiente.
  • Reporte de provisión de hielo: informar al Ministerio de la Producción la provisión de hielo, adjuntando como sustento el comprobante de pago (boleta de venta, factura u otros) emitido por el proveedor.
El cumplimiento de dichas disposiciones es un paso ineludible que debe realizarse antes de iniciar sus faenas de pesca. En ese sentido, los armadores para registrar la información solicitada, deben ingresar al siguiente enlace: https://producedsfpa.com/FormularioZarpe/Index

Se recuerda a los armadores pesqueros que esta información es de carácter obligatoria, para poder realizar actividades extractivas del referido recurso.

Finalmente, para resolver consultas o incidencias relacionadas con el registro de las embarcaciones pesqueras, se encuentran habilitados los siguientes números de WhatsApp: 924-706-272 y 977-950-814.
Vista preliminar de documento comunicado-024-2025-produce-dgsfs-pa__

comunicado-024-2025-produce-dgsfs-pa__

PDF
34.5 KB