Suspensión de la actividad extractiva del recurso anchoveta

Pronunciamiento

24 de abril de 2025

COMUNICADO N° 014-2025-PRODUCE/DGSFS-PA-SP

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 024-2016-PRODUCE, comunica la siguiente medida de excepción:

DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 23:00 horas del 24 de abril de 2025 hasta las 23:00 horas del 29 de abril de 2025, en las zonas de pesca que se indica a continuación:

  • Entre los 08°01'S a 08°41'S y de 79°00'W a 79°30'W del dominio marítimo (frente a Puerto Morín – La Libertad).
  • Entre los 09°38'S a 10°18'S y de 78°16'W a 78°35'W del dominio marítimo (frente a Culebras – Ancash).
  • Entre los 13°25'S a 14°05'S y de 76°16'W a 76°41'W del dominio marítimo (frente a Pisco – Ica).
Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 00148-2025-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero.
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