Normas temporales complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones (Decreto Supremo Nº 020-2024-PRODUCE)

Pronunciamiento

3 de enero de 2025

COMUNICADO Nº 002-2025-PRODUCE/DGSFS-PA


Con relación al Decreto Supremo N° 020-2024-PRODUCE publicado el martes 31 de diciembre de 2024, que aprueba el régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, la Dirección General Supervisión, Fiscalización y Sanción, hace de conocimiento lo siguiente:

  • Es de aplicación a las personas naturales y jurídicas con permiso de pesca o título habilitante, para el ejercicio de la actividad pesquera o acuícola, que cuenten con multas impuestas por el Ministerio de la Producción por infracciones cometidas antes del año 2021, que se encuentren en cualquiera de os siguientes supuestos:
a) Multas pendientes de pago.
b) Multas en plazo de impugnación.
c) Multas impugnadas en vía administrativa o judicial.
d) Multas en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran siendo materia del proceso de revisión judicial.

  • El plazo para acogerse al presente régimen excepcional de reducción de multas es de treinta (30) días calendario contado desde el día siguiente del vencimiento del plazo otorgado en la Segunda Disposición Complementaria Final del presente Decreto Supremo.
  • Las personas naturales y jurídicas que se acojan al régimen excepcional de reducción del 80% (ochenta por ciento) deben pagar el 20% (veinte por ciento) de la multa con la aplicación del beneficio.
  • Con la finalidad de agilizar el acogimiento al referido beneficio de reducción, se pone a disposición de los interesados el formato de "Solicitud de acogimiento al beneficio del pago de reducción de multas", que podrá ser descargado a través del siguiente enlace:
Formato de solicitud

  • Asimismo, en caso si requiere mayor información del referido beneficio y sobre el detalle de las multas impuestas y pendientes de pago, así como cualquier otra duda o consulta relacionada al régimen excepcional y temporal pueden dirigirse a la Dirección de Sanciones – PA, a través de los siguientes medios:
Correo electrónico: ds-pa@produce.gob.pe
Línea Telefónica (01)616 2222 anexo 4501.

Vista preliminar de documento comunicado-002-2025-produce-dgsfs-pa

comunicado-002-2025-produce-dgsfs-pa

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