Suspensión de la actividad extractiva del recurso anchoveta
Pronunciamiento
2 de enero de 2025
COMUNICADO N° 001-2025-PRODUCE/DGSFS-PA-SP
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 024-2016-PRODUCE, comunica la siguiente medida de excepción:
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 03 de enero de 2025 hasta las 23:59 horas del 07 de enero de 2025, en las zonas de pesca que se indica a continuación:
Entre los 06°56'S a 07°30'S y de 79°40'W a 80°05'W del dominio marítimo (frente a Chepén – La Libertad)
Entre los 09°15'S a 09°55'S y de 78°45'W a 79°10'W del dominio marítimo (frente a Casma – Ancash)
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cuatro (04) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 03 de enero de 2025 hasta las 23:59 horas del 06 de enero de 2025, en la zona de pesca que se indica a continuación:
Entre los 12°46'S a 13°16'S y de 76°35'W a 77°05'W del dominio marítimo (frente a Cerro Azul – Lima)
Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 419-2024-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero.