Suspensión de la actividad extractiva del recurso anchoveta
Pronunciamiento
28 de noviembre de 2024
COMUNICADO N° 036-2024-PRODUCE/DGSFS-PA-SP
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 024-2016-PRODUCE, comunica la siguiente medida de excepción:
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de tres (03) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 29 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas del 01 de diciembre de 2024, en la zona de pesca que se indica a continuación:
Entre los 12°51'S a 13°11'S y de 76°36'W a 76°56'W del dominio marítimo (frente a Cerro Azul – Lima).
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cuatro (04) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 29 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas del 02 de diciembre de 2024, en la zona de pesca que se indica a continuación:
Entre los 09°27'S a 09°57'S y de 79°00'W a 79°25'W del dominio marítimo (frente a Casma – Ancash).
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 29 de noviembre de 2024 hasta las 23:59 horas del 03 de diciembre de 2024, en la zona de pesca que se indica a continuación:
Entre los 13°50'S a 14°12'S y de 76°30'W a 76°50'W del dominio marítimo (frente a Paracas – Ica).
Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 419-2024-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero.