Suspensión de la Actividad Extractiva del recurso anchoveta

Pronunciamiento

8 de enero de 2024

COMUNICADO N° 012-2024-PRODUCE/DGSFS-PA-SP
 
La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, en base a lo informado por el Instituto del Mar del Perú - IMARPE a través del “Reporte N° 01 – Registro de zonas de incidencia de juveniles de anchoveta”, remitido mediante Oficio N° 013-2024-IMARPE/PCD, por el cual recomienda la suspensión temporal de las actividades extractivas en la Zona Norte-Centro, debido a la alta incidencia de ejemplares juveniles del recurso anchoveta, a efectos de proteger la fracción juvenil y garantizar la sostenibilidad del citado recurso, comunica la siguiente medida de excepción:
 
DISPONER LA SUSPENSIÓN PREVENTIVA DE LA ACTIVIDAD EXTRACTIVA del recurso anchoveta por el plazo de cinco (05) días calendario, a partir de las 15:00 horas del 08 de enero de 2024 hasta las 15:00 horas del 13 de enero de 2024, en las zonas de pesca que se indica a continuación:
 
08°30’S – 9°00’S, dentro de las 10 millas náuticas (mn).
12°00’S – 12°30’S, dentro de las 10 millas náuticas (mn).
13°00’S – 13°30’S, dentro de las 10 millas náuticas (mn).

Asimismo, recordar a todos los actores pesqueros y ciudadanía en general que, a partir de la entrada en vigencia de la suspensión preventiva, las embarcaciones pesqueras que vienen realizando actividades extractivas en el marco de la Resolución Ministerial N° 358-2023-PRODUCE, quedan prohibidas de realizar extracción de recursos hidrobiológicos o presentar velocidades de pesca en la(s) zona(s) suspendida(s), bajo apercibimiento de aplicarse las medidas sancionadoras y/o correctivas previstas en nuestro ordenamiento pesquero. 

Documentos

Vista preliminar de documento comunicado-012-2024-produce-dgsfs-pa-sp

comunicado-012-2024-produce-dgsfs-pa-sp

PDF
382.4 KB