Veda del recurso merluza
Pronunciamiento
4 de setiembre de 2021
COMUNICADO N° 014-2021-PRODUCE/DGSFS-PA
Mediante Resolución Ministerial Nº 266-2021-PRODUCE, el Ministerio de la Producción ha estableció la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima
comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 06°00’S.
Al respecto, se les recuerda a todos los titulares de los permisos de pesca dedicados a la extracción del recurso merluza que, a partir del 02 de setiembre se encuentra vigente la veda reproductiva del citado recurso, quedando prohibida su extracción; con excepción de aquellas embarcaciones pesqueras artesanales que cuenten con permiso de pesca vigente y que participan en la pesca exploratoria del recurso merluza, en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo peruano y los 04°40’S, conforme lo dispone la Resolución Ministerial N° 317-2019-PRODUCE, modificada por Resolución Ministerial N° 00091-2021-PRODUCE.
En ese contexto, se exhorta a todos los actores involucrados, adoptar las medidas que sean necesarias a fin dar estricto cumplimiento las disposiciones establecidas en la citada resolución ministerial y evitar ser pasibles de sanciones de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Pesca, su Reglamento y Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.