Disposiciones para la extracción, traslado y abastecimiento del recurso concha de abanico en el callao (RM 144-2021-PRODUCE)

Pronunciamiento

22 de mayo de 2021

COMUNICADO N° 011-2021-PRODUCE/DGSFS-PA
Mediante Resolución Ministerial Nº 0144-2021-PRODUCE, el Ministerio de la Producción ha autorizado de manera excepcional, la extracción, traslado y abastecimiento con fines acuícolas del recurso concha de abanico (Argopecten purpuratus) en el ámbito marino frente al litoral de la Provincia Constitucional del Callao y en el lado sudeste de la isla San Lorenzo”.
Al respecto, se les recuerda a los titulares de las concesiones acuícolas autorizadas, cumplan con lo dispuesto en la citada resolución ministerial, entre ellas, las siguientes disposiciones:
a) Remitir a esta Dirección General y al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, la relación de embarcaciones pesqueras artesanales (con permiso de pesca artesanal y protocolo técnico de habilitación sanitaria vigente) que abastecerán el recurso concha de abanico.
b) Comunicar a esta Dirección General y al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, con una anticipación de 24 horas, los días previstos para el inicio y desarrollo de las actividades comprendidas en la citada resolución ministerial.
Para el cumplimiento de las obligaciones antes señaladas, se pone a disposición los correos electrónicos ogaci@produce.gob.pe y tramitesdoc@sanipes.gob.pe, correspondiente al Ministerio de la Producción y SANIPES, respectivamente.
Finalmente, se exhorta a todos los actores involucrados, adoptar las medidas que sean necesarias a fin dar estricto cumplimiento las disposiciones establecidas en la citada resolución ministerial y evitar ser pasibles de sanciones de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Pesca, su Reglamento y Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.
Vista preliminar de documento comunicado-011-2021-produce-dgsfs-pa.pdf

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