Suspensión preventiva de actividad extractiva

Pronunciamiento

13 de noviembre de 2020

La Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, teniendo en cuenta la información remitida a través de la bitácora electrónica, por los capitanes de las embarcaciones pesqueras que efectúan actividad extractiva en la zona geográfica Norte-Centro, según la cual declaran haber sobrepasado los límites de tolerancia establecidos para la captura de ejemplares juveniles del recurso anchoveta, en cumplimiento a lo dispuesto en el DS 024-2016-Produce que modifica el Art. 19 del Reglamento de la Ley General de Pesca, comunica la siguiente medida de excepción:
Disponer la Suspensión Preventiva de la Actividad Extractiva por el plazo de 03 tres días, a partir de las 15:00 horas del 13 de noviembre de 2020 y hasta las 14:59 horas del 16 de noviembre de 2020, en la Zonas de Pesca que se indican a continuación:
Entre los 11°40'S a 12°00'S y de 77°40'W a 78°00'W del dominio marítimo (Frente a Ancón - Lima)
Invocar a las personas naturales y jurídicas, titulares de permisos de pesca de embarcaciones que realizan actividad extractiva, a fin de dar cumplimiento a las medidas preventivas para garantizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos autorizados y así evitar incurrir en infracciones a la normativa vigente.

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