Registro de información de calas a través de la Bitácora Electrónica

Pronunciamiento

11 de noviembre de 2020

La dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanción, comunica a los los titulares de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras dedicadas a la extracción del recurso anchoveta lo siguiente:
  1. Informar al Ministerio de la Producción mediante la bitácora electrónica las zonas, según corresponda, en las que se hubiera extraído o no ejemplares en tallas menores, o especies asociadas o dependientes a la que es materia del permiso de pesca.
  2. El patrón y/o tripulante designado por el titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera, al término de cada cala deberá comunicar inmediatamente al Ministerio de la Producción a través de la “Bitácora electrónica”, la información sobre las zonas de pesca donde hayan capturado o no, ejemplares juveniles o especies asociadas o dependientes.
  3. En caso se presenten inconvenientes de conectividad Bluetooth entre el dispositivo móvil y la baliza satelital para el registro de calas mediante “Bitácora electrónica”, podrán hacer usos de otros medios de registro siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
i) El patrón o capitán de pesca al término de la cala inmediatamente deberá comunicar al titular del permiso de pesca o su representante, la imposibilidad de registrar sus calas a través de la bitácora electrónica debido a fallas en la conectividad, a fin de que este último proceda inmediatamente a registrar la información de la cala a través de la plataforma web.
ii) Seguidamente el titular del permiso de pesca o su representante de la embarcación deberá remitir al Ministerio de la Producción un correo a bitacoraelectronica@produce.gob.pe, informando el uso de la plataforma web para el registro de su cala, debido a fallas en la conectividad.
iii) Las acciones señaladas en los ítems ii) y ii), se deberán realizar en un periodo no mayor de una (01) hora contado a partir de fin de cala.
iv) Al arribo de la embarcación, el titular del permiso de pesca o su representante deberá remitir al correo electrónico señalado en el ítem ii), los medios probatorios (video o captura de pantalla) donde se evidencie la falla de conectividad entre el dispositivo móvil (celular/Tablet) con la baliza satelital y una imagen digital del GPS o navegador de la embarcación donde se aprecie las coordenadas de ubicación al momento de las fallas de conexión.
En ese sentido, se exhorta a todos los titulares de los permisos de pesca dedicados a la extracción del recurso anchoveta, adoptar las medidas que sean necesarias a fin dar estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en nuestro ordenamiento pesquero.
Vista preliminar de documento Registro de Faenas y Calas - Bitácora Electrónica

Registro de Faenas y Calas - Bitácora Electrónica

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