Medidas para preservar la salud y la vida de las personas primera temporada de pesca (zona geográfica Sur)
Pronunciamiento
31 de julio de 2020
Teniendo en consideración la Resolución Ministerial N° 249-2020-PRODUCE, que dispone el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2020 en la zona geográfica Sur, se comunica lo siguiente:
- Únicamente participarán en las actividades extractivas o de procesamiento, las embarcaciones y plantas que cumplan con lo dispuesto en el artículo 8° de la Resolución Ministerial N° 249-2020-PRODUCE.
- El listado correspondiente a embarcaciones impedidas de zarpe será publicado en el portal y comunicado a la Autoridad Marítima.
- En caso las personas que laboran a bordo de las embarcaciones o al interior de las plantas, adviertan algún supuesto de los contemplados en el anexo (numerales I y II) de la Resolución Ministerial N° 140-2020-PRODUCE, deberán ser reportadas inmediatamente a la Autoridad de Salud correspondiente y remitir a las Direcciones Generales de Supervisión, Fiscalización y Sanción y de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, el reporte de incidencias, utilizando el formulario anexo, debidamente llenado, al siguiente correo electrónico: incidencias-Covid-19-pescaindustrial@produce.gob.pe.
- Se exhorta a todos aquellos que intervienen en las mencionadas actividades pesqueras, a dar cumplimiento a las disposiciones sanitarias destinadas a preservar la salud y la vida de las personas, en esta situación excepcional que afronta el país.