Elección de Representantes - Gremios MYPE Metalmecánica

Elección del representante faltante de los gremios de las MYPE del sector metalmecánica

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Antecedentes

Conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1414, el Ministerio de la Producción está autorizado a conformar Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) con el objetivo de promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas. El Reglamento fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE.

Las funciones del Ministerio de la Producción, establecidas en los dispositivos legales son realizadas por el Programa Nacional “Compras a MYPErú”, creado el 24 de junio de 2021, mediante Decreto Supremo Nº 013-2021-PRODUCE.

 

¿Qué son los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC)? 

Los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC), conformados por el Programa, son entes colectivos constituidos por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; se rigen por el Decreto Legislativo Nº 1414, su Reglamento y supletoriamente por las normas del derecho civil.

Los NEC son permanentes y gozan de capacidad jurídica para suscribir contratos propios de su función e intervenir a través de su representante legal en procedimientos administrativos y procesos judiciales. Están conformados por un órgano de Dirección, el Directorio y por una Secretaría Ejecutiva.

El Directorio del NEC está conformado por: 

  • Un/una (1) representante del Ministerio de la Producción (PRODUCE), quien asume las funciones de Presidente y representante legal del NEC.
  • Un/una (1) representante del Instituto Nacional de Calidad (INACAL).
  • Dos (2) representantes de los gremios de las MYPE vinculados con el sector productivo de los bienes especializados, materia de la adquisición.
  • Un/una (01) representante de la Entidad Demandante de los bienes especializados.

El Directorio del NEC tiene como principales funciones:

  • Suscribir el Convenio con el Programa, además de adoptar las acciones necesarias para la óptima ejecución del mismo.
  • Aprobar el Plan Operativo de Compra, propuesto por la Secretaría Ejecutiva. 
  • Aprobar el Plan de Difusión y Convocatoria.
  • Aprobar y presentar al Programa los informes mensuales y el informe final documentados de cada Procedimiento de Adquisición, previamente elaborados por la Secretaría Ejecutiva.
  • Brindar al Programa la información completa, veraz y oportuna, según le sea requerida.
  • Supervisar a la Secretaría Ejecutiva del NEC en el cumplimiento de sus funciones, en particular, en el respeto a las obligaciones de los Convenios que estén bajo su responsabilidad. 

Corresponde al Programa Nacional “Compras a MYPErú” designar y establecer las condiciones del proceso de selección de los representantes de los gremios de las MYPE. El procedimiento para para elegir a los representantes de los gremios de las MYPE se aprobó mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 003-2021- PRODUCE/PROGRAMA COMPRAS A MYPERU, publicada el 24 de octubre de 2021.

Sobre los Procesos Electorales precedentes 

En el marco de lo dispuesto en el procedimiento de elección, se llevó a cabo entre los meses de noviembre – diciembre 2021, la elección de representantes de los gremios de las MYPE de los cuatro (4) sectores productivos, obteniéndose como resultado cinco (5) representantes (titular y alterno) de los siguientes sectores:  

  • Dos (2) sector textil – confecciones,
  • Un (1) sector cuero y calzado,
  • Un (1) sector metalmecánica y,
  • Un (1) sector de muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o de plástico.

Para cubrir el número total de representantes que establece la norma, dos (2) representantes por sector productivo, es decir ocho (8) en total, quedó pendiente la elección de tres (3) representantes (titular y alterno) de los siguientes sectores: 

  • Un (1) sector metalmecánica, 
  • Un (1) sector cuero y calzado y, 
  • Un (1) sector de muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o de plástico.

En tal sentido, se convocó a un nuevo proceso electoral entre los meses de marzo – abril 2022, dando como resultado la elección de dos (2) representantes gremiales (titular y alterno) de los sectores:

  • Un (1) sector de muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o bienes de plástico y, 
  • Un (1) sector de cuero y calzado.

Culminado dicho proceso, quedó pendiente de elección un (1) representante del sector metalmecánica, razón por la cual, corresponde convocar otro proceso de elección del representante faltante de los Gremios de las MYPE del sector productivo metalmecánica, el cual debe estar sujeto en lo que corresponda a las disposiciones que establece el Procedimiento de Elección de representantes de los gremios de las MYPE de sectores productivos. 

¿Cuál es el objetivo del Proceso Electoral 2022 – II?

El objetivo del Proceso Electoral 2022 – II es elegir al representante faltante de los gremios de las MYPE del sector productivo metalmecánica. Se elegirá uno (titular y alterno) el cual se encuentra vinculado a los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compras.
 
Marco Normativo

  • Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
  • Ley N° 29271, Ley que establece que el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfiriéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa.
  • Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y sus modificatorias.
  • Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE, Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
  • Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su modificatoria.
  • Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas.
  • Decreto Supremo Nº 004-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1414.
  • Decreto Supremo Nº 013-2021-PRODUCE, Decreto Supremo que crea el Programa Nacional “Compras a MYPErú”.

¿Cuándo y bajo qué modalidad se realizarán las Elecciones 2022 - II?

Las elecciones se realizarán 20 de julio de 2022, en el horario de 09:00 a 13:00 horas, bajo la modalidad virtual (elecciones por internet).

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