Poder Judicial declara improcedente solicitud de libertad del cabecilla terrorista Osmán Morote
Nota de prensa
22 de octubre de 2025 - 8:50 a. m.
La Procuraduría General del Estado, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Terrorismo, informa que la Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada declaró improcedente la solicitud de libertad presentada por el sentenciado Osmán Roberto Morote Barrionuevo, cabecilla de la organización terrorista Sendero Luminoso.
La defensa del condenado había solicitado la aplicación del artículo 22 del Código Penal —modificado por la Ley N.º 32181— argumentando un supuesto deterioro de salud y condiciones inhumanas de reclusión. Sin embargo, tras la oposición del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, el tribunal desestimó la solicitud al considerar que no se acreditaron razones humanitarias debidamente justificadas ni fundamentos jurídicos válidos que permitieran una excepción al cumplimiento de la pena impuesta.
De esta manera, el Poder Judicial ratifica que Morote Barrionuevo deberá continuar cumpliendo la condena de cadena perpetua, impuesta como autor mediato en aparato organizado de poder por el atentado terrorista perpetrado el 16 de julio de 1992 en la calle Tarata, distrito de Miraflores, uno de los hechos más graves cometidos por Sendero Luminoso contra la población civil.
La Procuraduría General del Estado, a través de su Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, reafirma su compromiso con la defensa jurídica del Estado y de las víctimas del terrorismo, velando porque las condenas impuestas a los responsables de estos crímenes se cumplan conforme a ley y en resguardo del Estado de Derecho.
La defensa del condenado había solicitado la aplicación del artículo 22 del Código Penal —modificado por la Ley N.º 32181— argumentando un supuesto deterioro de salud y condiciones inhumanas de reclusión. Sin embargo, tras la oposición del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, el tribunal desestimó la solicitud al considerar que no se acreditaron razones humanitarias debidamente justificadas ni fundamentos jurídicos válidos que permitieran una excepción al cumplimiento de la pena impuesta.
De esta manera, el Poder Judicial ratifica que Morote Barrionuevo deberá continuar cumpliendo la condena de cadena perpetua, impuesta como autor mediato en aparato organizado de poder por el atentado terrorista perpetrado el 16 de julio de 1992 en la calle Tarata, distrito de Miraflores, uno de los hechos más graves cometidos por Sendero Luminoso contra la población civil.
La Procuraduría General del Estado, a través de su Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo, reafirma su compromiso con la defensa jurídica del Estado y de las víctimas del terrorismo, velando porque las condenas impuestas a los responsables de estos crímenes se cumplan conforme a ley y en resguardo del Estado de Derecho.