Resolución del Procurador General del Estado N.° D000946-2025-JUS/PGE-PG
26 de setiembre de 2025
Artículo 1.- Autorización de viaje al exterior
Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del abogado Gerardo Jack Sánchez Gallozo, procurador público de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, por el periodo del 5 de octubre al 1 de noviembre de 2025, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Gastos
2.1. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por la Embajada de Estados Unidos, y no irrogará gasto alguno a la Procuraduría General del Estado ni al Tesoro Público.
2.2. La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 3.- Remisión de informe
Disponer que el citado comisionado, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina de Administración, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme con lo dispuesto por la Directiva N.° 005-2021-PGE/GG denominada “Normas y Procedimientos para la autorización de viajes, otorgamiento de viáticos, rendición de cuentas y reembolso de viáticos por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional de la Procuraduría General del Estado”, aprobada con Resolución de Gerencia General N.° 30-2021-PGE/GG.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria) y en su Portal de Transparencia.
Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del abogado Gerardo Jack Sánchez Gallozo, procurador público de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, por el periodo del 5 de octubre al 1 de noviembre de 2025, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Gastos
2.1. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por la Embajada de Estados Unidos, y no irrogará gasto alguno a la Procuraduría General del Estado ni al Tesoro Público.
2.2. La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 3.- Remisión de informe
Disponer que el citado comisionado, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, remita a la Alta Dirección, con copia a la Oficina de Administración, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme con lo dispuesto por la Directiva N.° 005-2021-PGE/GG denominada “Normas y Procedimientos para la autorización de viajes, otorgamiento de viáticos, rendición de cuentas y reembolso de viáticos por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional de la Procuraduría General del Estado”, aprobada con Resolución de Gerencia General N.° 30-2021-PGE/GG.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria) y en su Portal de Transparencia.