Resolución del Procurador General del Estado N.° D000893-2025-JUS/PGE-PG
12 de setiembre de 2025
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que ejerza la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, en los asuntos que son de competencia de la Procuraduría Pública del Poder Judicial, en calidad de parte demandada, en el proceso de amparo seguido en el expediente N.° 08643-2025-0-1801-JR-DC-09, ante el Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, copia del expediente referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad de Atención al Ciudadano y Gestión Documental notifique la presente al procurador público adjunto del Poder Judicial; al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como a la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, para su conocimiento; y a la Dirección de Información y Registro, para su registro correspondiente.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).
Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que ejerza la representación y defensa jurídica de los intereses del Estado, en los asuntos que son de competencia de la Procuraduría Pública del Poder Judicial, en calidad de parte demandada, en el proceso de amparo seguido en el expediente N.° 08643-2025-0-1801-JR-DC-09, ante el Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, copia del expediente referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad de Atención al Ciudadano y Gestión Documental notifique la presente al procurador público adjunto del Poder Judicial; al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como a la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal, para su conocimiento; y a la Dirección de Información y Registro, para su registro correspondiente.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).