Resolución de Secretaría General N.° D000024-2025-JUS/PGE-SGCD
28 de agosto de 2025
Artículo 1.- Infundado recurso impugnativo
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor César Florencio Huallpa Mamani contra los resultados de la verificación de requisitos y evaluación curricular, en el marco de la Convocatoria N.° 002-2025-PGE/CD, proceso de selección para la designación de procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Agotamiento de la vía administrativa
Dar por agotada la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al recurrente; y a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).
Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor César Florencio Huallpa Mamani contra los resultados de la verificación de requisitos y evaluación curricular, en el marco de la Convocatoria N.° 002-2025-PGE/CD, proceso de selección para la designación de procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Agotamiento de la vía administrativa
Dar por agotada la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al recurrente; y a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).