Resolución del Procurador General del Estado N.° D000612-2025-JUS/PGE-PG
12 de junio de 2025
Artículo 1.- Acuerdo sobre improcedencia del recurso impugnativo
Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado que acordó por unanimidad declarar improcedente en todos sus extremos el recurso de reconsideración formulado por el señor Pedro Armando Ynfantes Isla sobre nulidad parcial de los resultados finales de la Convocatoria N° 001-2025-PGE/CD en lo que respecta a la plaza de procurador público de la Autoridad Nacional de Infraestructura, publicada el 23 de mayo de 2025.
Artículo 2.- Agotamiento de la vía Administrativa.
Con la emisión de la presente resolución, conforme a lo previsto por el artículo 228.1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se tiene por agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al señor Pedro Armando Ynfantes Isla y a la Dirección de Información y Registros para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).
Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado que acordó por unanimidad declarar improcedente en todos sus extremos el recurso de reconsideración formulado por el señor Pedro Armando Ynfantes Isla sobre nulidad parcial de los resultados finales de la Convocatoria N° 001-2025-PGE/CD en lo que respecta a la plaza de procurador público de la Autoridad Nacional de Infraestructura, publicada el 23 de mayo de 2025.
Artículo 2.- Agotamiento de la vía Administrativa.
Con la emisión de la presente resolución, conforme a lo previsto por el artículo 228.1 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se tiene por agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al señor Pedro Armando Ynfantes Isla y a la Dirección de Información y Registros para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).