Resolución del Procurador General del Estado N.° D000422-2025-JUS/PGE-PG
9 de abril de 2025
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público, y al procurador público adjunto del Poder Judicial, por el procurador público del Ministerio de Salud, para que ejerza la defensa jurídica del Poder Judicial, en el expediente N.º 03531-2021-0-1801-JR-PE-54, ante el Trigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima – Sede Anselmo Barreto, de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Ministerio de Salud, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución, al procurador público y procurador público adjunto del Poder Judicial; al procurador público del Ministerio de Salud; al procurador público del Tribunal Constitucional; al Trigésimo noveno Juzgado Penal Liquidador – Sede Anselmo Barreto, de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria ) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Sustituir al procurador público, y al procurador público adjunto del Poder Judicial, por el procurador público del Ministerio de Salud, para que ejerza la defensa jurídica del Poder Judicial, en el expediente N.º 03531-2021-0-1801-JR-PE-54, ante el Trigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima – Sede Anselmo Barreto, de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Ministerio de Salud, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución, al procurador público y procurador público adjunto del Poder Judicial; al procurador público del Ministerio de Salud; al procurador público del Tribunal Constitucional; al Trigésimo noveno Juzgado Penal Liquidador – Sede Anselmo Barreto, de la Corte Superior de Justicia de Lima; así como a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria ) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.