Resolución del Procurador General del Estado N.° D000317-2025-JUS/PGE-PG
12 de marzo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Rectificación de error material
Rectificar el error material contenido en el cuarto y sexto considerando, así como en el artículo 1 de la Resolución N° D000302-2025-JUS/PGE-PG de fecha 10 de marzo de 2025, en los siguientes términos:
Cuarto considerando, DICE: “(…) Resolución N.° D000499-2024-JUS/PGE-PG de fecha 17 de julio de 2024 (…)”
Cuarto considerando, Debe decir: “(…) Resolución N.° D000729-2024-JUS/PGE-PG de fecha 28 de octubre de 2024 (…)”
Sexto considerando DICE: “(…) resulta necesario expedir el acto resolutivo que deje sin efecto la designación de la Abg. Carmen Lidia Calderón Alfaro, como representante alterno de la Procuraduría General del Estado ante el citado grupo de trabajo (…)”
Sexto considerando Debe decir: “(…) resulta necesario expedir el acto resolutivo que deje sin efecto la designación del Abg. Víctor Romel Chumpitaz Chumpitaz, como representante alterno de la Procuraduría General del Estado ante el citado grupo de trabajo (…)”
Artículo 1, DICE: “Dejar sin efecto la designación de la Abg. Carmen Lidia Calderón Alfaro como representante alterna de la Procuraduría General del Estado, dispuesta mediante Resolución N.° D000499-2024-JUS/PGE-PG (…)”
Artículo 1, Debe decir: “Dejar sin efecto la designación del Abg. Víctor Romel Chumpitaz Chumpitaz como representante alterno de la Procuraduría General del Estado, dispuesta mediante Resolución N.° D000729-2024-JUS/PGE-PG (…)”
Artículo 2.- Dejar subsistente
Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución N.° D000302-2025- JUS/PGE-PG.
Artículo 3.- Precisar
Se precisa que los representantes de la Procuraduría General del Estado ante Grupo de Trabajo creado por Resolución Ministerial N.° 0176-2015-JUS, modificada por Resolución Ministerial N.° 0301-2023-JUS, está conformado por: • Representante titular: Abg. María Aurora Caruajulca Quispe, Procuradora General del Estado, con correo: acaruajulca@pge.gob.pe. • Representante alterno: Abg., Mario Rafael Camacho Lazarte director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, con correo: mcamacho@pge.gob.pe.
Artículo 4.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución a los servidores señalados en el artículo precedente y a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo creado por Resolución Ministerial N.° 0176-2015-JUS, modificada por Resolución Ministerial N.° 0301-2023-JUS.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Artículo 1.- Rectificación de error material
Rectificar el error material contenido en el cuarto y sexto considerando, así como en el artículo 1 de la Resolución N° D000302-2025-JUS/PGE-PG de fecha 10 de marzo de 2025, en los siguientes términos:
Cuarto considerando, DICE: “(…) Resolución N.° D000499-2024-JUS/PGE-PG de fecha 17 de julio de 2024 (…)”
Cuarto considerando, Debe decir: “(…) Resolución N.° D000729-2024-JUS/PGE-PG de fecha 28 de octubre de 2024 (…)”
Sexto considerando DICE: “(…) resulta necesario expedir el acto resolutivo que deje sin efecto la designación de la Abg. Carmen Lidia Calderón Alfaro, como representante alterno de la Procuraduría General del Estado ante el citado grupo de trabajo (…)”
Sexto considerando Debe decir: “(…) resulta necesario expedir el acto resolutivo que deje sin efecto la designación del Abg. Víctor Romel Chumpitaz Chumpitaz, como representante alterno de la Procuraduría General del Estado ante el citado grupo de trabajo (…)”
Artículo 1, DICE: “Dejar sin efecto la designación de la Abg. Carmen Lidia Calderón Alfaro como representante alterna de la Procuraduría General del Estado, dispuesta mediante Resolución N.° D000499-2024-JUS/PGE-PG (…)”
Artículo 1, Debe decir: “Dejar sin efecto la designación del Abg. Víctor Romel Chumpitaz Chumpitaz como representante alterno de la Procuraduría General del Estado, dispuesta mediante Resolución N.° D000729-2024-JUS/PGE-PG (…)”
Artículo 2.- Dejar subsistente
Dejar subsistente los demás extremos de la Resolución N.° D000302-2025- JUS/PGE-PG.
Artículo 3.- Precisar
Se precisa que los representantes de la Procuraduría General del Estado ante Grupo de Trabajo creado por Resolución Ministerial N.° 0176-2015-JUS, modificada por Resolución Ministerial N.° 0301-2023-JUS, está conformado por: • Representante titular: Abg. María Aurora Caruajulca Quispe, Procuradora General del Estado, con correo: acaruajulca@pge.gob.pe. • Representante alterno: Abg., Mario Rafael Camacho Lazarte director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, con correo: mcamacho@pge.gob.pe.
Artículo 4.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución a los servidores señalados en el artículo precedente y a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo creado por Resolución Ministerial N.° 0176-2015-JUS, modificada por Resolución Ministerial N.° 0301-2023-JUS.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.