Resolución del Procurador General del Estado N.° D000305-2025-JUS/PGE-PG
10 de marzo de 2025
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir a la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú por el procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, para que ejerza la defensa jurídica en calidad de demandada de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, en el proceso judicial N.º 00171-2023-0-3398-JR-CI-01 y demás expedientes (cautelar y otros) que se deriven del mismo, ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución, a la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú; al procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; al Segundo Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla; así como a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir a la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú por el procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, para que ejerza la defensa jurídica en calidad de demandada de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, en el proceso judicial N.º 00171-2023-0-3398-JR-CI-01 y demás expedientes (cautelar y otros) que se deriven del mismo, ante el Segundo Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive del mismo.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución, a la procuradora pública de la Municipalidad Distrital de Mi Perú; al procurador público de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; al Segundo Juzgado Civil Permanente de Ventanilla, de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla; así como a la Dirección de Información y Registros, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.