Resolución de la Oficina de Administración N.° D000064-2024-JUS/PGE-OA
14 de octubre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la Estandarización para la adquisición de repuestos originales (kit de mantenimiento) para las impresoras multifuncionales de la marca KYOCERA, conforme al contenido del Informe Técnico de Estandarización elaborado por la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información a través del Informe No D000775- 2024-JUS/PGE-OA-UFTI, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- PRECISAR que la aprobación de la estandarización a que se refiere el artículo precedente no implica exoneración del cumplimiento de los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos por la Ley No 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, así como su Reglamento y modificatoria, para la realización de los actos del proceso de contratación que corresponda y la ejecución contractual respectiva.
Artículo 3.- ESTABLECER que el periodo de vigencia de la presente estandarización es de tres (3) años, contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución. En caso varíen las condiciones que determinaron la estandarización, ésta quedará sin efecto.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información, verificar si las condiciones que motivan la presente Resolución se mantienen durante el periodo de vigencia de la estandarización, quedando sin efecto la presente aprobación de producirse alguna variación.
Artículo 5.- COMUNICAR la presente Resolución a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración de la Procuraduría General del Estado, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional.
Artículo 1.- APROBAR la Estandarización para la adquisición de repuestos originales (kit de mantenimiento) para las impresoras multifuncionales de la marca KYOCERA, conforme al contenido del Informe Técnico de Estandarización elaborado por la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información a través del Informe No D000775- 2024-JUS/PGE-OA-UFTI, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- PRECISAR que la aprobación de la estandarización a que se refiere el artículo precedente no implica exoneración del cumplimiento de los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos por la Ley No 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias, así como su Reglamento y modificatoria, para la realización de los actos del proceso de contratación que corresponda y la ejecución contractual respectiva.
Artículo 3.- ESTABLECER que el periodo de vigencia de la presente estandarización es de tres (3) años, contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución. En caso varíen las condiciones que determinaron la estandarización, ésta quedará sin efecto.
Artículo 4.- ENCARGAR a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información, verificar si las condiciones que motivan la presente Resolución se mantienen durante el periodo de vigencia de la estandarización, quedando sin efecto la presente aprobación de producirse alguna variación.
Artículo 5.- COMUNICAR la presente Resolución a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información de la Oficina de Administración de la Procuraduría General del Estado, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional.