Resolución del Procurador General del Estado N.° D000645-2024-JUS/PGE-PG
19 de setiembre de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público del Ministerio de Salud, por el procurador público de la Superintendencia Nacional de Salud, para que ejerza la defensa jurídica de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria – DIGESA, en calidad de demandada, en el expediente N.° 11575-2024-0-1853-JR-CA-03, que se tramita ante el Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Ministerio de Salud, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Superintendencia Nacional de Salud, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicho proceso.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud, al Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Salud, al Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público del Ministerio de Salud, por el procurador público de la Superintendencia Nacional de Salud, para que ejerza la defensa jurídica de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria – DIGESA, en calidad de demandada, en el expediente N.° 11575-2024-0-1853-JR-CA-03, que se tramita ante el Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Ministerio de Salud, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Superintendencia Nacional de Salud, copia del expediente, que obre en la Procuraduría Pública, referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicho proceso.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Salud, al Procurador Público de la Superintendencia Nacional de Salud, al Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.