Resolución del Procurador General del Estado N.° D000589-2024-JUS/PGE-PG

20 de agosto de 2024

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sustitución

Sustituir al procurador público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la procuradora pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para que ejerza la defensa jurídica de PROVIAS NACIONAL (Unidad Ejecutora del Ministerio de Transportes y Comunicaciones), en el procedimiento administrativo sancionador PAS (expediente N.° 012-2024), iniciado con la Resolución Directoral N.° 00020-2024-MTC/16.01, contra PROVIAS NACIONAL, así como de los procedimientos o procesos judiciales que se deriven del mismo.

Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera a la procuradora pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, copia del expediente administrativo referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicho procedimiento.

Artículo 3.- Notificación

Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución a la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al procurador público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la Procuraduría Pública del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, a la procuradora pública del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Director de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado, para conocimiento y el registro correspondiente.

Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.

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