Resolución del Procurador General del Estado N.° D000557-2024-JUS/PGE-PG
8 de agosto de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que ejerza la defensa jurídica del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en calidad de demandada, en el expediente N.° 03850-2023-0-1801-JR-CA-10, que se tramita ante el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, seguido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia del expediente del proceso judicial referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicho proceso.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente a la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y al Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que ejerza la defensa jurídica del Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en calidad de demandada, en el expediente N.° 03850-2023-0-1801-JR-CA-10, que se tramita ante el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, seguido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia del expediente del proceso judicial referido en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicho proceso.
Artículo 3.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente a la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la Procuraduría Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y al Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.