Resolución del Procurador General del Estado N.° 263-2024-JUS/PGE-PG
Dar por culminada, la función de procurador público del Fuero Militar Policial, del abogado Zósimo Raúl Santana Bravo
19 de abril de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Cese de la función
Dar por culminada, a partir de la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado, la función de procurador público del Fuero Militar Policial, del abogado Zósimo Raúl Santana Bravo, por la causal de límite de edad establecida en el numeral 6 del artículo 38 del Decreto Legislativo N.° 1326, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al abogado Zósimo Raúl Santana Bravo, y a la Secretaría General del Fuero Militar Policial, para su conocimiento y fines correspondientes; y a la Dirección de Información y Registro para el registro correspondiente.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.
Artículo 1.- Cese de la función
Dar por culminada, a partir de la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado, la función de procurador público del Fuero Militar Policial, del abogado Zósimo Raúl Santana Bravo, por la causal de límite de edad establecida en el numeral 6 del artículo 38 del Decreto Legislativo N.° 1326, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Notificación
Disponer que la Unidad Funcional de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Gerencia General notifique la presente resolución al abogado Zósimo Raúl Santana Bravo, y a la Secretaría General del Fuero Militar Policial, para su conocimiento y fines correspondientes; y a la Dirección de Información y Registro para el registro correspondiente.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado.