Resolución del Procurador General del Estado N.° 137-2024-JUS/PGE-PG
Sustituir al procurador público y a la procuradora pública adjunta de la CGR por el procurador público del JNE para que ejerza la defensa jurídia en la carpeta fiscal Nº 506014506-2023-1385-0
13 de febrero de 2024
Artículo 1.- Sustitución
Sustituir al procurador público y a la procuradora pública adjunta de la Contraloría General de la República por el procurador público del Jurado Nacional de Elecciones, para que ejerza la defensa jurídica de la entidad en la investigación preliminar seguida en la carpeta fiscal N.° 506014506-2023-1385-0, que se tramita ante el Segundo Despacho de la SextaFiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima, Breña, Rímac y Jesús María del Distrito Fiscal de Lima Centro.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental Disponer que el procurador público y la procuradora pública adjunta de la Contraloría General de la República, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Jurado Nacional de Elecciones, copia de la investigación preliminar seguida en la carpeta fiscal referida en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicha investigación.
Sustituir al procurador público y a la procuradora pública adjunta de la Contraloría General de la República por el procurador público del Jurado Nacional de Elecciones, para que ejerza la defensa jurídica de la entidad en la investigación preliminar seguida en la carpeta fiscal N.° 506014506-2023-1385-0, que se tramita ante el Segundo Despacho de la SextaFiscalía Corporativa Penal del Cercado de Lima, Breña, Rímac y Jesús María del Distrito Fiscal de Lima Centro.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental Disponer que el procurador público y la procuradora pública adjunta de la Contraloría General de la República, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfiera al procurador público del Jurado Nacional de Elecciones, copia de la investigación preliminar seguida en la carpeta fiscal referida en el artículo precedente y todo el acervo documentario que se derive de dicha investigación.