Resolución del Procurador General del Estado N.° D000089-2024-JUS/PGE-PG

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 068

1 de febrero de 2024

SE RESUELVE:

Artículo 1.-Transferencia financiera
Autorizar la transferencia financiera del Pliego 068: Procuraduría General del
Estado, hasta por la suma de S/ 59,788.00 (Cincuenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho
con 00/100 Soles) por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor la Unidad
Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, del Pliego 019:
Contraloría General, destinada a financiar el 100% de la retribución económica (incluido IGV)
del periodo 2024, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de
realizar la auditoría financiera gubernamental a la Procuraduría General del Estado del
Estado, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

Artículo 2.- Financiamiento
El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará al
presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Procuraduría General del Estado del Pliego 068:
Procuraduría General del Estado, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios,
Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto/Proyecto 3999999: Sin Producto,
Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y
Transferencias, Específica del Gasto 2.4.1.3.1 1 “Otras unidades del gobierno nacional”.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la
presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los
cuales son transferidos.

Artículo 4.- Acciones administrativas para efectivizar la transferencia
financiera

La Oficina de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Procuraduría General
del Estado del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, en el ámbito de su competencia,
efectúa las acciones administrativas que correspondan para efectivizar la transferencia
financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución

Artículo 5.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento
La Oficina de Administración de la Unidad Ejecutora 001: Procuraduría General
del Estado del Pliego 068: Procuraduría General del Estado, en el ámbito de su competencia,
es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales
se realiza la presente transferencia financiera.

Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y en los Portales Institucional (www.gob.pe/procuraduria) y de Transparencia de la Procuraduría General del Estado
Vista preliminar de documento Resolución del Procurador General del Estado N.° 089-2024-JUS/PGE-PG

Resolución del Procurador General del Estado N.° 089-2024-JUS/PGE-PG

PDF
282.3 KB