Resolución del Procurador General del Estado N.° D000129-2023-JUS/PGE-PG
Resolución del Procurador General del Estado N.° D000129-2023-JUS/PGE-PG
20 de febrero de 2023
Artículo 1.- Sustituciones
1.1 Sustituir al procurador público del Poder Judicial por la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en el proceso de amparo recaído en el Expediente N.° 00162-2022-0-1801-SP-DC-01, seguido ante la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
1.2 Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en los procesos de amparo recaídos en los Expedientes Nros. 01377-2022-0-1801-SP-DC-01, 01432-2022-0-1801-SP-DC-01, 01322-2022-0-1801-SP-DC-01, 01459-2022-0-1801-SP-DC-01, 01405-2022-0-1801-SP-DC-01, 01414-2022-0-1801-SP-DC-01 y 01945-2022-0-1801-SP-DC-01, seguidos ante la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público y procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfieran a la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, copia de los expedientes de los procesos de amparo referidos en el artículo precedente, y todo el acervo documentario que se derive de los mismos.
1.1 Sustituir al procurador público del Poder Judicial por la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en el proceso de amparo recaído en el Expediente N.° 00162-2022-0-1801-SP-DC-01, seguido ante la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
1.2 Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en los procesos de amparo recaídos en los Expedientes Nros. 01377-2022-0-1801-SP-DC-01, 01432-2022-0-1801-SP-DC-01, 01322-2022-0-1801-SP-DC-01, 01459-2022-0-1801-SP-DC-01, 01405-2022-0-1801-SP-DC-01, 01414-2022-0-1801-SP-DC-01 y 01945-2022-0-1801-SP-DC-01, seguidos ante la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público y procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfieran a la procuradora pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, copia de los expedientes de los procesos de amparo referidos en el artículo precedente, y todo el acervo documentario que se derive de los mismos.