Resolución del Procurador General del Estado N.° D000019-2023-JUS/PGE-PG
Resolución del Procurador General del Estado N° D000003-2023-JUS/PGE-PG
6 de enero de 2023
Artículo 1.- Sustituciones
1.1 Sustituir al procurador público del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de la resolución judicial cuestionada en el proceso de amparo, recaído en el Expedientes N.° 00113-2022-0-2501-SP-CI-02, seguido ante la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa.
1.2 Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en el proceso de amparo, recaído en el Expedientes N.° 00102-2022-0-2501-SP-CI-02, seguido ante la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público y el procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfieran al procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, copia de los falsos expedientes de los procesos de amparo referidos en los artículos precedentes, y todo el acervo documentario que se derive de los mismos.
1.1 Sustituir al procurador público del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de la resolución judicial cuestionada en el proceso de amparo, recaído en el Expedientes N.° 00113-2022-0-2501-SP-CI-02, seguido ante la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa.
1.2 Sustituir al procurador público adjunto del Poder Judicial por el procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que ejerza la defensa jurídica de las resoluciones judiciales cuestionadas en el proceso de amparo, recaído en el Expedientes N.° 00102-2022-0-2501-SP-CI-02, seguido ante la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa
Artículo 2.- Transferencia de acervo documental
Disponer que el procurador público y el procurador público adjunto del Poder Judicial, dentro del día hábil siguiente de notificada la presente resolución, transfieran al procurador público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, copia de los falsos expedientes de los procesos de amparo referidos en los artículos precedentes, y todo el acervo documentario que se derive de los mismos.