Resolución Directoral Ejecutiva N.° 213-2024-G.R.AMAZONAS-PROAMAZONAS/DE
27 de diciembre de 2024
APROBAR la prestación Adicional de Obra Nº 02-Deductivo Vinculante Nº 01 de la obra: '"INSTALACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS EN EL ÁMBITO DE LOS SITIOS ARQUEOLÓGICOS SILIC Y EL IMPERIO, RUTA KUÉLAP, DISTRITO DE TINGO, PROVINCIA DE LUYA, REGIÓN AMAZONAS". CUI Nº 2229665, con un presupuesto adicional neto de S/ 289.834.60 (Doscientos ochenta y nueve mil ochocientos treinta y cuatro con 60/100 Soles), con una incidencia 1.78% del monto del contrato original, por cumplir los requisitos establecidos en los numerales 205.1, 205.2, 205.4, 205.6 y 205,7 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
APROBAR la prestación Adicional de Obra Nº 02 por el monto de S/ 1'148,104.58 (Un millón ciento cuarenta y ocho mil ciento cuatro con 58/100 Soles), con una incidencia de 7.04%del monto del contrato original.
APROBAR el Deductivo Vinculante Nº 01 por el monto de S/ 858,269.98 (Ochocientos cincuenta y ocho con doscientos sesenta y nueve con 98/100 Soles), con una incidencia de 5.26% del monto del contrato original.
AUTORIZAR la ejecución de la prestación Adicional de Obra Nº 02 y Deductivo Vinculante Nº 01 de la obra '"INSTALACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS EN EL ÁMBITO DE LOS SITIOS ARQUEOLÓGICOS SILIC Y EL IMPERIO, RUTA KUÉLAP, DISTRITO DE TINGO, PROVINCIA DE LUYA, REGIÓN AMAZONAS". CUI Nº 2229665, por un plazo de ejecución de sesenta (60) días calendarios, siendo el nuevo monto contractual de S/ 16'742,629.14 (Dieciséis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos veinte nueve con 14/100 Soles), con un porcentaje de incidencia acumulada de 1.78%.
COMUNICAR a la empresa ejecutora Consorcio OKXADAN KERN, que deberá ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento, debiendo entregar la actualización del valor de la garantía correspondiente en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de ordenada la prestación adicional, conforme al numeral 205.15 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
DISPONER la notificación de la presente Resolución a JICA, para el trámite de NO OBJECIÓN.
DISPONER La suscripción de la adenda y su registro en el SEACE, conforme al literal c) del numeral 160.1 del artículo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
APROBAR la prestación Adicional de Obra Nº 02 por el monto de S/ 1'148,104.58 (Un millón ciento cuarenta y ocho mil ciento cuatro con 58/100 Soles), con una incidencia de 7.04%del monto del contrato original.
APROBAR el Deductivo Vinculante Nº 01 por el monto de S/ 858,269.98 (Ochocientos cincuenta y ocho con doscientos sesenta y nueve con 98/100 Soles), con una incidencia de 5.26% del monto del contrato original.
AUTORIZAR la ejecución de la prestación Adicional de Obra Nº 02 y Deductivo Vinculante Nº 01 de la obra '"INSTALACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS EN EL ÁMBITO DE LOS SITIOS ARQUEOLÓGICOS SILIC Y EL IMPERIO, RUTA KUÉLAP, DISTRITO DE TINGO, PROVINCIA DE LUYA, REGIÓN AMAZONAS". CUI Nº 2229665, por un plazo de ejecución de sesenta (60) días calendarios, siendo el nuevo monto contractual de S/ 16'742,629.14 (Dieciséis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos veinte nueve con 14/100 Soles), con un porcentaje de incidencia acumulada de 1.78%.
COMUNICAR a la empresa ejecutora Consorcio OKXADAN KERN, que deberá ampliar el monto de la garantía de fiel cumplimiento, debiendo entregar la actualización del valor de la garantía correspondiente en el plazo máximo de ocho (8) días hábiles de ordenada la prestación adicional, conforme al numeral 205.15 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
DISPONER la notificación de la presente Resolución a JICA, para el trámite de NO OBJECIÓN.
DISPONER La suscripción de la adenda y su registro en el SEACE, conforme al literal c) del numeral 160.1 del artículo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral Ejecutiva