Resolución Directoral Ejecutiva N.° 165-2024-G.R.AMAZONAS-PROAMAZONAS/DE
23 de octubre de 2024
APROBAR la prestación Adicional de Obra Nº 04-Deductivo Vinculante Nº 04 de la obra, "Recuperación de la Iglesia Levanto, Pieza Religiosas, Entorno Urbano Histórico y Construcción del Centro Cultural del Pueblo de Levanto, distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, región Amazonas" - CUI Nº 2234579, con un presupuesto adicional neto ascendente a S/ 213,791.79 (Doscientos trece mil setecientos noventa y uno con 79/100 Soles), por cumplir los requisitos establecidos en los numerales 205.1, 205.2, 205.4, 205.6 y 205.7 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
APROBAR la prestación Adicional de Obra N. 04 por el monto de S/ 290 748.42 (Doscientos noventa mil setecientos cuarenta y ocho con 42/100 Soles).
APROBAR el Deductivo Vinculante N. 04 por el monto de S/ 76,956.63 (Setenta y seis mil novecientos cincuenta y seis con 63/100 Soles).
AUTORIZAR la ejecución de la prestación Adicional de Obra Nº 04 y Deductivo Vinculante Nº 04 de la obra: "Recuperación de la lglesia Levanto, Pieza Religiosas, Entorno Urbano Histórico y Construcción del Centro Cultural del Pueblo de Levanto, distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, región Amazonas" - CUI Nº 2234579, con un incremento presupuestal de S/ 213,791.79 (Doscientos trece mil setecientos noventa y uno con 79/100 Soles), siendo el nuevo monto contractual de S/ 12'746,344.00 (Doce millones setecientos cuarenta y seis mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100 Soles), con un porcentaje de incidencia acumulada de 6.36%.
COMUNICAR a la empresa ejecutora Consorcio LEVANTO, que en atención al numeral 205.15 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, deberá de ampliar las garantías vinculadas al contrato de ejecución.
DISPONER la notificación de la presente Resolución a JICA, para el trámite de NO OBJECIÓN.
DISPONER la suscripción de la adenda y su registro en el SEACE, conforme al literal c) del numeral 160.1 del artículo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
APROBAR la prestación Adicional de Obra N. 04 por el monto de S/ 290 748.42 (Doscientos noventa mil setecientos cuarenta y ocho con 42/100 Soles).
APROBAR el Deductivo Vinculante N. 04 por el monto de S/ 76,956.63 (Setenta y seis mil novecientos cincuenta y seis con 63/100 Soles).
AUTORIZAR la ejecución de la prestación Adicional de Obra Nº 04 y Deductivo Vinculante Nº 04 de la obra: "Recuperación de la lglesia Levanto, Pieza Religiosas, Entorno Urbano Histórico y Construcción del Centro Cultural del Pueblo de Levanto, distrito de Levanto, provincia de Chachapoyas, región Amazonas" - CUI Nº 2234579, con un incremento presupuestal de S/ 213,791.79 (Doscientos trece mil setecientos noventa y uno con 79/100 Soles), siendo el nuevo monto contractual de S/ 12'746,344.00 (Doce millones setecientos cuarenta y seis mil trescientos cuarenta y cuatro con 00/100 Soles), con un porcentaje de incidencia acumulada de 6.36%.
COMUNICAR a la empresa ejecutora Consorcio LEVANTO, que en atención al numeral 205.15 del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, deberá de ampliar las garantías vinculadas al contrato de ejecución.
DISPONER la notificación de la presente Resolución a JICA, para el trámite de NO OBJECIÓN.
DISPONER la suscripción de la adenda y su registro en el SEACE, conforme al literal c) del numeral 160.1 del artículo 160º del Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral Ejecutiva