Resolución Directoral Ejecutiva N.° 074-2023-G.R.AMAZONAS/PROAMAZONAS/DE
18 de julio de 2023
APROBAR la modificación N° 23 al Contrato de Consultoría N° 001-2015-GR.AMAZONAS/PROAMAZONAS, prorrogando el plazo de la adenda N° 17 por ochenta y siete (87) días, contabilizados a partir del día 12.06.2023 hasta el 06.09.2023, respecto de la vigencia de la Fase 3, para los proyectos del Lote 3: Residuos Sólidos, fecha en que se dará por concluidos los servicios de Supervisión.
EL CONSULTOR elaborará y presentará a PROAMAZONAS, hasta el 06.09.2023, las liquidaciones de Obra y de Supervisión, se cuente o no a dicha fecha con el Laudo Arbitral que resuelva las controversias surgidas entre el contratista CONSORCIO INTERASEO-TERMOTECNICA y PROAMAZONAS, sometidas a Arbitraje.
Al aprobarse la liquidación del contrato, se darán por cumplidas todas las obligaciones contractuales de EL CONSULTOR, pero este mantendrá su compromiso de atender en el futuro los requerimientos de PROAMAZONAS relacionados con la actualización de la liquidación de Obra, cuando se cuente con el Laudo Arbitral, y otros aspectos de su actuación durante la vigencia del Contrato de Consultoría, lo que no generará obligación alguna de nuevos pagos por parte de PROAMAZONAS.
AUTORIZAR la elaboración de la Adenda N° 18 al Contrato de Servicio de Consultoría N° 001-2015-G.R.AMAZONAS/PROAMAZONAS, que contiene la modificación a EL CONTRATO, descrita en el artículo primero, así como los acuerdos contenidos en los artículos segundo y tercero de la presente resolución.
EL CONSULTOR elaborará y presentará a PROAMAZONAS, hasta el 06.09.2023, las liquidaciones de Obra y de Supervisión, se cuente o no a dicha fecha con el Laudo Arbitral que resuelva las controversias surgidas entre el contratista CONSORCIO INTERASEO-TERMOTECNICA y PROAMAZONAS, sometidas a Arbitraje.
Al aprobarse la liquidación del contrato, se darán por cumplidas todas las obligaciones contractuales de EL CONSULTOR, pero este mantendrá su compromiso de atender en el futuro los requerimientos de PROAMAZONAS relacionados con la actualización de la liquidación de Obra, cuando se cuente con el Laudo Arbitral, y otros aspectos de su actuación durante la vigencia del Contrato de Consultoría, lo que no generará obligación alguna de nuevos pagos por parte de PROAMAZONAS.
AUTORIZAR la elaboración de la Adenda N° 18 al Contrato de Servicio de Consultoría N° 001-2015-G.R.AMAZONAS/PROAMAZONAS, que contiene la modificación a EL CONTRATO, descrita en el artículo primero, así como los acuerdos contenidos en los artículos segundo y tercero de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Directoral Ejecutiva