Gobierno fija tope de siete líneas móviles por persona para combatir comercio ilegal de equipos y fortalecer seguridad ciudadana
Nota de prensa• Medida fue establecía vía decreto legislativo publicado en El Peruano.

Fotos: Andina
13 de febrero de 2026 - 8:57 a. m.
Lima, 13 de febrero de 2026. El Gobierno fijó un tope de siete líneas móviles por persona, con el objetivo de prevenir y combatir el comercio ilegal de equipos telefónicos, así como fortalecer la seguridad ciudadana en el país.
Dicha disposición fue establecida a través del Decreto Legislativo N.° 1738, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Este decreto modifica uno anterior (el N.° 1338), por el cual se creó el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad.
Con el nuevo dispositivo legal se apunta a revertir la creciente incidencia de desconocimientos múltiples de líneas móviles, prevenir suplantaciones de identidad en la contratación del servicio público móvil y su uso delictivo, y asegurar la confiabilidad de la información contenida en el registro de abonados.
Así, toda persona natural, nacional o extranjera podrá mantener registrado bajo su titularidad hasta un máximo de siete servicios públicos móviles, con independencia de la empresa operadora que preste el servicio.
En tanto, Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) verificará la cantidad de servicios públicos móviles registrados bajo la titularidad de la persona natural y, en caso exceda el límite, solicitará a la empresa operadora que presta dicho servicio que proceda a la baja de este.
La empresa operadora deberá dar de baja a los servicios públicos móviles que excedan el límite, conforme al plazo y procedimiento establecido por Osiptel, el cual comprende un plazo razonable para que el titular defina los servicios públicos móviles que desea mantener, cuya cantidad no supere el límite.
En su disposición complementaria, el decreto precisa que quienes ya tengan más de siete líneas al momento de la entrada en vigencia de la norma podrán conservarlas, pero quedarán impedidos de contratar nuevas.
El Decreto Legislativo N.° 1738 lleva la rúbrica del presidente de la república, José Jerí, así como del jefe del Gabinete Ministerial, Ernesto Álvarez, y del ministro del Interior, Vicente Tiburcio.