Resolución Subsecretaría General N.° 000010-2024-DP/SSG
25 de enero de 2024
Artículo 1.- Aprobación de Directiva
Apruébese la Directiva N° 001-2024-DP/SSG - “Custodia y Conservación del Fondo Documental del Despacho Presidencial”; la misma que consta de seis (06) artículos en las Disposiciones Preliminares, dos (02) artículos en las Disposiciones Generales, diez (10) artículos en las Disposiciones Específicas, una (01) Disposición Complementaria Final, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias y nueve (09) anexos, la cual obra en Anexo adjunto como parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogación
Deróguese la Resolución N° 000037-2021-DP/SSG, de fecha 27 de julio del 2021, que aprobó la Directiva N° 006-2021-DP/SSG “Conservación y Custodia de Documentos Archivísticos en el Despacho Presidencial”.
Artículo 3.- Vigencia
La Directiva aprobada por la presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional.
Artículo 4.- Difusión
Dispóngase que la Oficina de Tecnologías de la Información efectúe la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal de la Intranet y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia).
Apruébese la Directiva N° 001-2024-DP/SSG - “Custodia y Conservación del Fondo Documental del Despacho Presidencial”; la misma que consta de seis (06) artículos en las Disposiciones Preliminares, dos (02) artículos en las Disposiciones Generales, diez (10) artículos en las Disposiciones Específicas, una (01) Disposición Complementaria Final, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias y nueve (09) anexos, la cual obra en Anexo adjunto como parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Derogación
Deróguese la Resolución N° 000037-2021-DP/SSG, de fecha 27 de julio del 2021, que aprobó la Directiva N° 006-2021-DP/SSG “Conservación y Custodia de Documentos Archivísticos en el Despacho Presidencial”.
Artículo 3.- Vigencia
La Directiva aprobada por la presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Portal Institucional.
Artículo 4.- Difusión
Dispóngase que la Oficina de Tecnologías de la Información efectúe la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal de la Intranet y en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia).