Resolución Directoral N.° 102-2017/VIVIENDA/VMVU-PNVR

16 de agosto de 2017

Modifíquese el Ítem VII. Requisitos para la intervención, de la "Guía para la atención de viviendas rurales afectadas por temporadas de friaje, heladas, deslizamientos asociados a precipitaciones pluviales intensas o por crecientes de los ríos, o por sismos, en zonas declaradas en Estado de Emergencia", aprobada por Resolución Directoral N° 18-2015-VIVIENDA-VMVU/PNVR, a fin de adicionar el numeral 7.6, el mismo que quedará expresado en los siguientes términos: "7.6. En los casos de intervención del Programa Nacional de Vivienda Rural, dispuestas por el Gobierno Nacional, para la atención inmediata en el mejoramiento de las viviendas en estado de emergencia, sólo es necesario el Padrón de Damnificados, alcanzado o emitido por la entidad ú órgano competente".
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