Resolución de Administración N.° 18-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UA
Resolución de Administración N° 18-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UA
21 de enero de 2026
Artículo 1.- DENEGAR la solicitud de Ampliación de Plazo N° 05 por el período de
sesenta y ocho (68) días calendario, formulada por CONSTRUCTORA MPM S.A., en el
marco del Contrato No 03-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU, para la contratación de la
ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado en los AA.HH. de las localidades de Sullana, Bellavista, Marcavelica y
Querocotillo de la provincia de Sullana – departamento de Piura”, CUI 2309846 (SNIP No
333160), conforme al sustento técnico determinado por la Unidad de Proyectos y su
Subunidad de Ejecución de Proyectos, cuyos informes técnicos han sido expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa CONSTRUCTORA
MPM S.A., para los fines correspondientes, y extender una copia de la presente al
Consorcio Supervisor Marcavelica, a la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial
para conocimiento y fines, y a la Unidad de Proyectos para que actúe en el marco de sus
competencias.
sesenta y ocho (68) días calendario, formulada por CONSTRUCTORA MPM S.A., en el
marco del Contrato No 03-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU, para la contratación de la
ejecución de la obra: “Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y
Alcantarillado en los AA.HH. de las localidades de Sullana, Bellavista, Marcavelica y
Querocotillo de la provincia de Sullana – departamento de Piura”, CUI 2309846 (SNIP No
333160), conforme al sustento técnico determinado por la Unidad de Proyectos y su
Subunidad de Ejecución de Proyectos, cuyos informes técnicos han sido expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a la empresa CONSTRUCTORA
MPM S.A., para los fines correspondientes, y extender una copia de la presente al
Consorcio Supervisor Marcavelica, a la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial
para conocimiento y fines, y a la Unidad de Proyectos para que actúe en el marco de sus
competencias.
