Resolución de Administración N.° 00000004-2026/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UA
13 de enero de 2026
Artículo 1°.- DENEGAR la solicitud de Ampliación de Plazo N° 5, formulada por el
CONSORCIO ASKAN (conformado por el señor Luis Gustavo SÁNCHEZ DÁVALOS, el
señor Manuel SUAREZ ZELADA y la empresa E Y G CONTRATISTAS EIRL),
correspondiente al Contrato N° 078-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU, para la contratación de
la ejecución de la Obra: “UP N° 57 A CASERÍO SAN MARTÍN Y ANEXOS, MOLINO,
CHARAMPAMPA, PASHUL Y PACA- Instalación, Mejoramiento del Servicio de Agua
Potable y Saneamiento de 103 Caseríos, distrito de Huarmaca – Huarmaca - Piura, Código
SNIP 280513”, cuantificada en treinta y seis (36) días calendario, conforme a lo determinado
por la Unidad de Proyectos, su Subunidad de Proyectos Especiales y la Supervisión, cuyos
informes técnicos han sido expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Notifíquese la presente Resolución al CONSORCIO ASKAN, dentro del
plazo de Ley, y remítase una copia de la presente Resolución a la Unidad de Proyectos y a
la supervisión señor MARCO BELGRANO ESPINOZA ESPINOZA, para conocimiento y
fines.
CONSORCIO ASKAN (conformado por el señor Luis Gustavo SÁNCHEZ DÁVALOS, el
señor Manuel SUAREZ ZELADA y la empresa E Y G CONTRATISTAS EIRL),
correspondiente al Contrato N° 078-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU, para la contratación de
la ejecución de la Obra: “UP N° 57 A CASERÍO SAN MARTÍN Y ANEXOS, MOLINO,
CHARAMPAMPA, PASHUL Y PACA- Instalación, Mejoramiento del Servicio de Agua
Potable y Saneamiento de 103 Caseríos, distrito de Huarmaca – Huarmaca - Piura, Código
SNIP 280513”, cuantificada en treinta y seis (36) días calendario, conforme a lo determinado
por la Unidad de Proyectos, su Subunidad de Proyectos Especiales y la Supervisión, cuyos
informes técnicos han sido expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Notifíquese la presente Resolución al CONSORCIO ASKAN, dentro del
plazo de Ley, y remítase una copia de la presente Resolución a la Unidad de Proyectos y a
la supervisión señor MARCO BELGRANO ESPINOZA ESPINOZA, para conocimiento y
fines.
