Resolución de Administración N.° 191-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE
20 de octubre de 2025
Artículo 1.- APROBAR la renovación de la afectación en uso a título gratuito que otorga el Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU, a favor de la UNIDAD EJECUTORA 002: SERVICIOS DE SANEAMIENTO TUMBES, de una (1) Motobomba de 08 pulgadas de propiedad del PNSU, por un plazo de un (01) año calendario, con eficacia anticipada a partir del 11 de junio de 2025. Cuyas características, valores contables y códigos patrimoniales se encuentran en el Anexo N° 01, que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2. - DISPONER que el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) y de la UNIDAD EJECUTORA 002: SERVICIOS DE SANEAMIENTO TUMBES, adopten las acciones necesarias para garantizar la operatividad de los bienes afectados en uso, así como mantener los compromisos y obligaciones para cada uno de las partes detalladas en la Resolución de Administración N° 00000121-2024-VMCS-PNSU-UA /3.3.
Artículo 3. - ENCARGAR a la Sub Unidad de Contabilidad y a la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial, el control y registro de la renovación de la afectación en uso, de acuerdo a su competencia funcional.
Artículo 4.- DISPONER las acciones pertinentes para la entrega y recepción de acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo 5. - TRANSCRIBIR la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la UNIDAD EJECUTORA 002: SERVICIOS DE SANEAMIENTO TUMBES, y a la Dirección General de Abastecimiento del MEF, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
Artículo 2. - DISPONER que el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) y de la UNIDAD EJECUTORA 002: SERVICIOS DE SANEAMIENTO TUMBES, adopten las acciones necesarias para garantizar la operatividad de los bienes afectados en uso, así como mantener los compromisos y obligaciones para cada uno de las partes detalladas en la Resolución de Administración N° 00000121-2024-VMCS-PNSU-UA /3.3.
Artículo 3. - ENCARGAR a la Sub Unidad de Contabilidad y a la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial, el control y registro de la renovación de la afectación en uso, de acuerdo a su competencia funcional.
Artículo 4.- DISPONER las acciones pertinentes para la entrega y recepción de acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo 5. - TRANSCRIBIR la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a la UNIDAD EJECUTORA 002: SERVICIOS DE SANEAMIENTO TUMBES, y a la Dirección General de Abastecimiento del MEF, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
