Resolución de Administración N.° 051-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE

6 de marzo de 2025

Artículo 1.- Aprobar la baja física y contable por la causal de Estado de Excedencia de de tres (03) Camiones Cisternas de 5,000 galones de capacidad y 04 Camiones (Remolcadores) de 9,000 galones de capacidad incluyendo cuatro (04) Cisternas de propiedad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, cuyos
códigos patrimoniales, denominación, descripción, valores y cuenta contable detallada se especifican en el ANEXO 01, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar como acto de disposición la transferencia de tres (03) Camiones Cisternas de 5,000 galones de capacidad y 04 Camiones (Remolcadores) de 9,000 galones de capacidad incluyendo cuatro (04) Cisternas, a favor del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, cuyos detalles,
características y valores de los bienes se encuentran consignados en el ANEXO 02, que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Subunidad de Contabilidad y a la Subunidad de Abastecimiento y Control patrimonial, adoptar las acciones administrativas, así como las acciones técnico - contables derivadas de la aplicación de esta Resolución, de acuerdo a su competencia funcional.

Artículo 4.- Encargar a la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial realice las acciones pertinentes para la entrega y recepción de los bienes, de acuerdo a la normatividad vigente.

Artículo 5.- Disponer que la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial efectúe el registro de la Resolución en el Módulo de Patrimonio SIGA MEF, de acuerdo lo establecido en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, denominada “Directiva para la Gestión de Bienes
Muebles Patrimoniales en el Marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada con Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y sus modificatorias.

Artículo 6.- Disponer que la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial realice las acciones correspondientes a fin de gestionar el trámite de inscripción de derecho de propiedad ante SUNARP de los citados bienes muebles patrimoniales (vehículos) transferidos a la entidad pública detallada en el ANEXO 02, ello según lo
establecido en el numeral 63.4 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01 y sus modificatorias.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (www.gob.pe/pnsu).
Vista preliminar de documento RA 51-2025

RA 51-2025

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