Resolución Directoral N.° 131-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0

8 de setiembre de 2025

Artículo 1.- Aprobar la modificación al Convenio N.° 006-2018-VIVIENDA del proyecto de inversión con CUI. N.° 2311662, por la reformulación del expediente técnico – Componente: Planta de Tratamiento de Agua Potable, por el monto de S/ 27 225 402.22 (Veintisiete millones doscientos veinticinco mil cuatrocientos dos con 22/100 Soles), que incluye los gastos generales, utilidad e impuestos de ley, con precios determinados a noviembre de 2021, por la causal prevista en el subnumeral 4) del numeral 98.3 del artículo 98 del Reglamento de la Ley No 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, denominada: “Otros supuestos que impliquen incremento o reducción del Monto Total del Convenio de Inversión”, sin reconocimiento de mayores costos ni ampliaciones de plazo en la ejecución del componente PTAP, por corresponder asumir la exclusiva responsabilidad de la correcta elaboración del expediente técnico a la Empresa Privada, conforme a los términos expuestos por la Unidad de Proyectos en los documentos del Visto.

Artículo 2.- Establecer que la diferencia ascendente a S/ 4 757 473.25 (Cuatro millones setecientos cincuenta y siete mil cuatrocientos setenta y tres con 25/100 Soles), resultante de la reformulación, deberá ser asumida en su integridad por la Empresa Privada, en observancia de lo dispuesto en la normativa de Obras por Impuestos y a lo determinado por la Unidad de Proyectos en el Informe Técnico N.° 89-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP- SUPE-ssilupu.

Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Proyectos evalúe un eventual deslinde de responsabilidades respecto de la aprobación administrativa del expediente técnico inicial recaída en la Resolución Directoral N.° 027-2022/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, a efectos de determinar si las deficiencias detectadas configuran responsabilidades funcionales o administrativas.

Artículo 4.- Los profesionales técnicos de la Entidad que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que componen la aprobación de la modificación del artículo 1° de la presente resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica emitida por la Responsable de la Unidad de Proyectos.

Artículo 5.- Disponer que los actuados que forman parte del expediente administrativo y sus antecedentes estén bajo custodia y responsabilidad de la Unidad de Proyectos, quien tiene a su cargo la debida ejecución de la intervención de la obra con CUI. N.° 2311662.

Artículo 6.- Notifíquese la presente resolución a la Empresa Privada, a la Entidad Privada Supervisora para conocimiento y fines y a la Unidad de Proyectos, para las actuaciones que le corresponden por función realizar.
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RD 131-2025

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