Resolución Directoral N.° 112-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0

14 de julio de 2025

Artículo 1.- Modificar el Artículo N° 32 del Reglamento Interno de los Servidores Civiles – RISC, aprobado por Resolución Directoral N° 00055-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU, cuyo texto queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 32. Licencias sin goce de remuneración (...)
a) Por motivos particulares: podrá ser solicitada por los servidores civiles, quienes tengan mínimamente 6 meses de vínculo laboral con la entidad, y se concede hasta por un máximo de hasta (06) seis meses desde la fecha de autorización de la licencia, pudiendo ser renovada o prorrogada, hasta por otros (06) seis meses adicionales. Cumplido el tiempo máximo permitido, el servidor civil no podrá solicitar una nueva licencia, por este mismo motivo, hasta que transcurra doce (12) meses de trabajo efectivo, contados a partir del día de su reincorporación. Esto no aplica a los servidores de confianza y/o designados” Para este tipo de licencias se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
- Si se otorga de lunes a viernes se computará siete (7) días calendario incluyendo sábado y domingo.
- Si comprende un viernes anterior y lunes posterior, se computará como cuatro (4) días incluyendo sábado y domingo.
- Si comprende un día anterior y un día posterior al día feriado o día no laborable, se computará como tres (3) días.
- Cuando comprende cinco (5) días alternados o consecutivos de la semana, independiente dentro del ciclo laboral de cada servidor civil, se computará como siete (7) días.
- El servidor civil debe haber superado el período de prueba para solicitar la licencia sin goce, esto no aplica al personal de confianza y/o designado.

b) Licencia sin goce de haber para ocupar cargos jefaturales dentro de la Entidad: Los servidores quienes soliciten Licencia sin goce de haber, específicamente para ocupar cargos jefaturales contenidos en el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) dentro del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, deberán tener la condición de CAS Indeterminados en la entidad, pudiendo solicitar y hacer uso de esta licencia mientras se mantenga vigente su designación como tal, debiendo volver a su puesto o cargo de origen una vez culminada dicha designación, comunicando dicha situación ala Subunidad
de Recursos Humanos para las acciones pertinentes, no siendo necesaria su renovación anual o por período fiscal.”

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
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RD 112-2025

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