Resolución de Administración N.° 132-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
1 de julio de 2025
Artículo 1.- APROBAR la baja física y contable por la causal de saneamiento administrativo de bienes muebles patrimoniales faltantes, de catorce (14) bienes muebles, cuyas características y valores unitarios se detallan en el Anexo No 01, “Ficha de Descripción de los Bienes Muebles Patrimoniales”, indicando que la mencionada Baja Patrimonial y Contable asciende al monto total en libros cuyo Valor Neto al 31.04.2025 asciende a la suma de S/ 18,557.99 (Dieciocho Mil Quinientos Cincuenta y Siete con 99/100 soles ), de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo 2.- DISPONER que la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Unidad de Administración, efectúe las acciones y tramites que correspondan como consecuencia de lo resuelto en la presente resolución, en coordinación con la Sub Unidad de Contabilidad para la baja y cancelación patrimonial y extracción contable de los bienes descritos.
Artículo 3.- REMITIR a la Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, copia de la documentación que sustenta la emisión de la presente Resolución, con la finalidad que actué conforme a sus atribuciones.
Artículo 4.- REMITIR al Órgano de Control Institucional correspondiente, copia de la documentación que sustenta la emisión de la presente Resolución, con la finalidad que evalúe la determinación de responsabilidades a las que hubiere lugar.
Artículo 5.- DISPONER que la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial efectúe el registro de la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio SIGA MEF, de acuerdo lo establecido en la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, denominada “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Patrimoniales en el Marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada con Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y sus modificatorias.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (www.gob.pe/pnsu).
Artículo 2.- DISPONER que la Sub Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial de la Unidad de Administración, efectúe las acciones y tramites que correspondan como consecuencia de lo resuelto en la presente resolución, en coordinación con la Sub Unidad de Contabilidad para la baja y cancelación patrimonial y extracción contable de los bienes descritos.
Artículo 3.- REMITIR a la Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, copia de la documentación que sustenta la emisión de la presente Resolución, con la finalidad que actué conforme a sus atribuciones.
Artículo 4.- REMITIR al Órgano de Control Institucional correspondiente, copia de la documentación que sustenta la emisión de la presente Resolución, con la finalidad que evalúe la determinación de responsabilidades a las que hubiere lugar.
Artículo 5.- DISPONER que la Subunidad de Abastecimiento y Control Patrimonial efectúe el registro de la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio SIGA MEF, de acuerdo lo establecido en la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, denominada “Directiva para la Gestión de Bienes Muebles Patrimoniales en el Marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, aprobada con Resolución Directoral N° 0015-2021-EF/54.01 y sus modificatorias.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su anexo en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (www.gob.pe/pnsu).