Resolución Directoral N.° 107-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
8 de julio de 2025
Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final (Técnica y Financiera) del Convenio N° 024-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE – Unidad Productora N° 028 - Anexo Pampagrande – Caserío La Tiza - Convenio de Cooperación entre el Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el núcleo ejecutor del proyecto “Instalación y Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Saneamiento de 103 caseríos, distrito de Huarmaca, Huancabamba – Piura” SNIP 280513, siendo el monto final del proyecto liquidado la suma de S/ 1 257 884.56 (Un millón doscientos cincuenta y siete mil
ochocientos ochenta y cuatro con 56/100 Soles) conforme al detalle descrito en el Formato N° 46 que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 024-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los cinco (5) días calendario computados a partir de su expedición para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del Proyecto: “Instalación y Mejoramiento del servicio de agua potable y saneamiento de 103 caseríos, distrito de Huarmaca, Huancabamba – Piura” SNIP. 280513, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Final emitidos por la Unidad de Proyectos, sustentado en el Informe No 918-2025/VIVIENDA/VMCS-PNSU/UP/SUPE, el Informe Técnico N° 0048- 2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ssilupu, y el Informe N° 00020-
2025/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ctejada, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos inserte copia de la presente resolución y su anexo en el expediente del Convenio N° 024- 2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU- NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración publique la presente resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobada por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como, en el portal electrónico del PNSU.
ochocientos ochenta y cuatro con 56/100 Soles) conforme al detalle descrito en el Formato N° 46 que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 024-2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los cinco (5) días calendario computados a partir de su expedición para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnica financiera del Proyecto: “Instalación y Mejoramiento del servicio de agua potable y saneamiento de 103 caseríos, distrito de Huarmaca, Huancabamba – Piura” SNIP. 280513, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación Final emitidos por la Unidad de Proyectos, sustentado en el Informe No 918-2025/VIVIENDA/VMCS-PNSU/UP/SUPE, el Informe Técnico N° 0048- 2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ssilupu, y el Informe N° 00020-
2025/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ctejada, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos inserte copia de la presente resolución y su anexo en el expediente del Convenio N° 024- 2021/VIVIENDA/VMCS/PNSU- NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración publique la presente resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobada por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como, en el portal electrónico del PNSU.