Resolución Directoral N.° 098-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
20 de junio de 2025
Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Directoral N° 016-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, de fecha 25 de enero de 2024, y la Resolución Directoral N° 150-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0, de fecha 15 de julio de 2024, relacionadas con la Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento y con la Resolución
Ministerial N° 174-2019-VIVIENDA, con efectividad al 1 de julio de 2025.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Unidad de Proyectos las intervenciones pendientes de ejecución previstas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios – PIRCC en Saneamiento, hasta su culminación y/o liquidación, conforme a la distribución y demás disposiciones detalladas en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que los servidores que estaban asignados a la Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento retornen a los centros de costos originales, de ser el caso; siendo que la Entidad podrá reasignar al personal a la o las Unidades en las que se identifique una necesidad para la prestación de servicios según el perfil del puesto; por lo que, la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración deberá ejecutar las acciones respectivas para la implementación de lo dispuesto en el párrafo precedente sin que ello signifique una reducción de nivel o remuneraciones o la inobservancia de derechos en materia laboral.
Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Administración, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.
Ministerial N° 174-2019-VIVIENDA, con efectividad al 1 de julio de 2025.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Unidad de Proyectos las intervenciones pendientes de ejecución previstas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios – PIRCC en Saneamiento, hasta su culminación y/o liquidación, conforme a la distribución y demás disposiciones detalladas en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer que los servidores que estaban asignados a la Unidad Funcional para la continuidad del PIRCC en Saneamiento retornen a los centros de costos originales, de ser el caso; siendo que la Entidad podrá reasignar al personal a la o las Unidades en las que se identifique una necesidad para la prestación de servicios según el perfil del puesto; por lo que, la Subunidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración deberá ejecutar las acciones respectivas para la implementación de lo dispuesto en el párrafo precedente sin que ello signifique una reducción de nivel o remuneraciones o la inobservancia de derechos en materia laboral.
Artículo 4.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y a la Unidad de Administración, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración difunda los alcances de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Saneamiento Urbano.