Resolución Directoral N.° 084-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
3 de junio de 2025
Artículo 1.- APROBAR administrativamente la rectificación del error aritmético de la Fórmula Polinómica del Sub Presupuesto 005 Planta de Tratamiento de Agua Potable contenida en el Expediente Técnico del Proyecto: “Ampliación y mejoramiento de los servicios de agua potable y saneamiento del distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa” con CUI 2331579 (antes SNIP N°112210), conforme al sustento contenido en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral, resultando de la siguiente manera:
Ver cuadro en R.D
Artículo 3.- ENCARGAR a la Unidad de Proyectos en coordinación con la Unidad de Administración, elaborar y proyectar la suscripción de la Adenda al Contrato N° 063-2024/ VIVIENDA/VMCS/PNSU, en atención a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, en lo que corresponda.
Artículo 4.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que sirven para aprobar la modificación del Expediente Técnico, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la Unidad de Proyectos y por la Subunidad de Estudios.
Artículo 5.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración, al contratista Consorcio Saneamiento Chala, y a la supervisión Consorcio Saneamiento Caravelí, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.
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Artículo 3.- ENCARGAR a la Unidad de Proyectos en coordinación con la Unidad de Administración, elaborar y proyectar la suscripción de la Adenda al Contrato N° 063-2024/ VIVIENDA/VMCS/PNSU, en atención a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, en lo que corresponda.
Artículo 4.- Los servidores que han intervenido en la elaboración, evaluación y sustentación de los documentos que sirven para aprobar la modificación del Expediente Técnico, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, son responsables de la veracidad y exactitud de su contenido, en lo que corresponda, siendo que la presente resolución se expide en virtud de la conformidad técnica al expediente materia de aprobación, emitida por la Unidad de Proyectos y por la Subunidad de Estudios.
Artículo 5.- Notifíquese la presente Resolución Directoral a la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración, al contratista Consorcio Saneamiento Chala, y a la supervisión Consorcio Saneamiento Caravelí, para la implementación de las acciones que correspondan en el ámbito de sus respectivas competencias.