Resolución Directoral N.° 055-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0
15 de abril de 2025
Artículo 1.- Aprobar la Liquidación Final de Oficio del Convenio N° 1245-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE en la Unidad Productora UP N° 61A del Caserío Talluran Alto anexo Coipapampa, correspondiente al proyecto “Instalación, Mejoramiento del Servicio de Agua Potable y Saneamiento de 103 Caseríos, distrito de Huarmaca-Huancabamba-Piura-UP 61A”, Código SNIP N° 280513, cuyo costo total del Proyecto Liquidado asciende a S/ 1 535 043.82 (Un millón quinientos treinta y cinco mil cuarenta y tres con 82/100 Soles), conforme al detalle descrito en el Formato N° 46, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1245-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los (5) días calendarios a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnico financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación de Oficio emitidos por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 1514-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP y el Memorando N° 1832- 2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 506-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP-SUPE, el Informe N° 611-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/ SUPE, Informe Técnico N° 06-2025/VMCS/PNSU/UP-4.1.3-ssilupu e Informe Técnico N° 27- 2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ssilupu de la Subunidad de Proyectos Especiales; Informe N° 037-2025/VMCS/PNSU/UP/5.1.3-mvigo e Informe N° 057-2025/VMCS/PNSU/UP/ SUPE-mvigo de la Coordinadora Regional Técnica; Informe N° 008-2025/VMCS/PNSU/UP/ 5.1.3-ctejada del Responsable de Liquidaciones de Proyectos de la Oficina Regional de Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero precedente, es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1245-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU-NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.
Artículo 2.- Notificar una copia autenticada por fedatario de la Ficha de Aprobación de la Liquidación del Convenio N° 1245-2015/VIVIENDA/VMCS/PNSU-NE, de la presente Resolución y su anexo a la Subunidad de Proyectos Especiales de la Unidad de Proyectos, a la Unidad de Administración y a la Subunidad de Contabilidad, dentro de los (5) días calendarios a partir de su expedición, para su registro y/o baja contable, dentro del mismo plazo y para las acciones conducentes al cumplimiento de la normativa que resulte aplicable para la culminación de la liquidación técnico financiera del precitado proyecto, en lo que corresponda a sus respectivas competencias.
Artículo 3.- Precisar que la presente Resolución se expide a mérito de los documentos técnicos de sustento de la Liquidación de Oficio emitidos por la Unidad de Proyectos, en el Memorando N° 1514-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP y el Memorando N° 1832- 2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP de la Unidad de Proyectos, el Informe N° 506-2025/ VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP-SUPE, el Informe N° 611-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/ SUPE, Informe Técnico N° 06-2025/VMCS/PNSU/UP-4.1.3-ssilupu e Informe Técnico N° 27- 2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UP/SUPE-ssilupu de la Subunidad de Proyectos Especiales; Informe N° 037-2025/VMCS/PNSU/UP/5.1.3-mvigo e Informe N° 057-2025/VMCS/PNSU/UP/ SUPE-mvigo de la Coordinadora Regional Técnica; Informe N° 008-2025/VMCS/PNSU/UP/ 5.1.3-ctejada del Responsable de Liquidaciones de Proyectos de la Oficina Regional de Huarmaca, por lo cual, la liquidación aprobada en el artículo primero precedente, es de responsabilidad exclusiva de la referida Unidad.
Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Proyectos, se encargue de insertar copia de la presente Resolución y su anexo, en el expediente del Convenio N° 1245-2015/VIVIENDA/ VMCS/PNSU-NE.
Artículo 5.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente Resolución y su anexo, dentro del plazo de diez (10) días posteriores a su emisión, en el portal electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conforme a lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, aprobadas por el Decreto Supremo N° 015-2014-VIVIENDA; así como en el portal electrónico del PNSU.